domingo, 7 de octubre de 2012

De como regular el espacio público


Antes de intentar regular el espacio público es primordial definir lo que comúnmente identificamos como tal, diferenciar lo que realmente es y la necesidad o no de educar a la ciudadanía al respecto. Su función primaria es innegable: ser espacio de tránsito, es decir, permitir el paso de un lugar a otro. En esta cesión de espacio se crean sitios de encuentro necesarios también para transitar. Lo que nos lleva a su segunda función, esta vez meramente política: ser un espacio de encuentro. Es allí donde se derivan las funciones adicionales que se le pueda otorgar y usar para influenciar de una manera u otra a la ciudadanía.

Además del espacio público, legalmente comprendido como el espacio que maneja el Estado, existe el espacio privado de uso público. En Guayaquil ese espacio es vital pues comprende todos los soportales de la ciudad.

En el conocimiento colectivo, el espacio público no sólo comprende calles, veredas, plazas y parques, sino que, en un sentido más amplio, puede incluir: sistemas de transporte y sus terminales; centros culturales, universidades, colegios y escuelas estatales; centros comerciales, mercados y edificaciones religiosas. Aunque legalmente estos espacios no son públicos, la percepción de los habitantes es distinta, los incluye dentro del catálogo de lo público, de los espacios que pueden ser y, en ciertos casos, son utilizados por todos.

Esta interpretación es el resultado de un análisis llevado a cabo por estudiante de arquitectura de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES), cuyo interés no fue encontrar una definición de tipo legal, sociológica o sicológica; se limitó a percibir hasta dónde, de manera espontánea,  los habitantes de la ciudad pueden llevar sus deseos de apropiación del espacio. Ignorando conceptos como propiedad y legalidad. Los estudiantes se enfocaron en la relación existente entre persona y lugar.

La existencia de espacios públicos adecuados para el ocio, la recreación, el deporte y la cultura en una ciudad son un indicador de la calidad de vida que ésta ofrece. Los gobiernos regionales y seccionales están en la obligación de proveer estos espacios y mantenerlos. Más importante que la capacidad del gobierno de proveer los espacios, es la capacidad de apropiación de los espacios públicos por parte de la ciudadanía, pues de esto depende su subsistencia. Y empieza el problema: si el espacio público le pertenece a todos por igual ¿quiénes tienen derecho a qué?

Si todos los ciudadanos fueran reales practicantes de la ley divina: articulo 1.2 Amar al prójimo como a ti mismo, no existiría necesidad de ninguna regulación ni para el espacio público ni para ninguna otra cosa. Aclaremos que esa seria la primera regulación. Como este no es el caso, la regulación del espacio público es totalmente necesaria y debería de aplicarse sin prejuicios. Por ejemplo, quién no ha transitado por las veredas de los diferentes barrios de la ciudad y le ha tocado seguir su camino por la calle (espacio asignado para vehículos, no peatones) debido a: un vehículo se encuentra parqueado sobre ella; han sembrado un bello mirto que ocupa toda el área de vereda, desde las 50cm hasta 1.5mt de altura; hay césped en la mitad de la vereda y 15 cm de hormigón a cada lado; la cerca ocupa la vereda, etc.

Ahora hablemos de los grafitis. ¿A Ud. le gustaría que llegue su jefe o un niño o un ser cualquiera, se le acerque, marcador en mano, y sin emitir señales o palabras le pinte una estrellita en la frente, lo consideraría Ud. una invasión de su espacio privado, de su piel? ¿O sólo protestaría en caso de que le pinte un garabato fálico? En tal caso el contenido no cambia el resultado pero la forma sí lo hace. Si la persona se acerca con un boceto en su mano y le solicita permiso para realizar el dibujo en su frente, Ud. tendría la opción de regular la intervención. Si le gustan los garabatos permitirá que le dibujen uno.

Con esto llegamos al problema mayor en caso de la regulación: ¿QUIÉN ejerce el poder de regulación? Más allá de que existan leyes para hacerlo, pues en el caso del arte implica la imposición de una estética en la ciudad que difícilmente puede ser redactada en formato ley. La persona que tenga ese cargo deberá ser honesta en cuanto a sus conocimientos y el alcance de los mismos, solicitar opinión a expertos en caso de ser necesario, tener mente abierta a todas las posibilidades que se presenten. Saber qué espacios son apropiados y para quién, pues si bien todos tienen derecho a usar el espacio público, todos tenemos derecho a una estética de calidad en ese mismo espacio público. 

Publicado en: 
Cartón Piedra, no 34, 10 junio 2012